Problemas con el convenio colectivo de Ibermática



Nota del comité intercentros de Ibermática:

El 29 de octubre pusimos en los tablones una nota explicando el proceso del registro del Convenio. Creo que procede su continuación para que  la gente esté informada. Propuesta:

Con el ánimo de teneros puntualmente informados, deciros que aunque no se han producido avances sustanciales en la subsanación de aquello que por imperativo legal debíamos cambiar de la redacción del Convenio seguimos trabajando para acabar con este trámite. Esta es la cronología:

Por empezar donde lo dejamos en nuestro último post, como sabéis, el 29 de octubre solicitamos a la Dirección que se intentara el registro del Convenio con el añadido en el Artículo 18 de que cada categoría fuera a la vez un Grupo Profesional y así se mantenía el ya famoso espíritu del acuerdo del 22/7 al que llegamos la Dirección y el C.I..

Ese mismo día, nos respondió la Dirección que creían que la única opción que veían para que Delegación de Trabajo publicara el Convenio era establecer un Grupo Profesional por cada columna de la tabla de categorías del Artículo 18 añadiendo un párrafo en dicho artículo por el que se comprometían a no aplicar las medidas de movilidad funcional descendente hasta el 31/12/2018.

Ese mismo día, también, desde el Comité Intercentros respondemos que nos parece inaceptable establecer para la tabla de categorías una distribución que permitiría una movilidad funcional entre todos los niveles salariales que podría provocar que se produjeran contrataciones con el salario del nivel más bajo que hicieran funciones del más alto nivel dentro de su grupo profesional con la precarización que eso conllevaría. Efectivamente adquirirían el compromiso de no aplicarlo hasta el 31/12/18 pero, ¿después qué?.

Al día siguiente, la Dirección nos responde que en su propuesta del día anterior la fecha límite de inaplicación de la movilidad funcional al 31/12/18 no es discutible.

Ese mismo día, desde el Comité Intercentros reiteramos que nuestro planteamiento de “un grupo profesional por cada categoría” es lo único que cumple con el acuerdo al que llegamos el 22/7 y por lo tanto es lo que se debe registrar.

El 3 de noviembre la Dirección nos informa que si se supera el plazo que tenemos para subsanar las incidencias notificadas se archivará el expediente si no hacemos nada o tendríamos que comunicar que desistimos del registro del Convenio y que en cualquier caso se mantendría el Convenio 2010/2012 en vigor  y el preacuerdo pasaría a ser un acuerdo extraestatutario de eficacia general. Para registrarlo, nos dan la opción de incorporar a la tabla de categorías del Artículo 18 la propuesta que nos hicieron cuando estábamos negociando el Convenio y que no nos pareció aceptable, a la cual respondimos con otra propuesta que no les pareció aceptable a ellos.

El 5 de noviembre, respondemos a la Dirección que nos parece sorprendente y sospechoso su resistencia a ratificar lo que decidimos en el acuerdo del 22/7 basándose en lo que dicen sus servicios jurídicos que como es obvio, dicen lo contrario que los nuestros y reiteramos nuestra propuesta de que la única manera de no tergiversar el ya famoso espíritu del acuerdo del 22/7 sería intentar registrar el Convenio con nuestra propuesta de “un grupo profesional por cada categoría” y en caso de que no nos lo acepten, ya exploraríamos otras posibilidades. También les decimos que si en su día no aceptamos un acuerdo extraestatutario, ahora tampoco íbamos a hacerlo.

Desde entonces, no hemos tenido ninguna noticia y como ya han pasado 8 días, hoy hemos vuelto a mandarles un recordatorio para saber si ya han tramitado el registro del Convenio o que nos comuniquen en qué estado se encuentra.

Sentimos no poder daros mejores noticias.

Os seguiremos informando.

Comité Intercentros de Ibermática.

Saludos

Comentarios

  1. Buenos días,

    ¿Seguimos sin noticias en este tema? ¿Qué consecuencias tiene / puede tener el hecho de que el convenio no esté registrado? ¿no tiene validez en el resto de artículos o temas acordados?

    Muchas gracias

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  2. Desde el comité intercentros se sigue intentando negociar un convenio en terminos similares al anterior, pero se está encontrando con la negativa de la dirección de la empresa a hacer un intento de registro en esos términos (amparándose en que iría en contra del espíritu de la ley de la reforma laboral)
    El no registrar el convenio no signifia que el acuerdo firmado, no sea válido. Se debe aplicar el acuerdo igualmente.

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  3. Igual hay que rechazar el preacuerdo firmado. Podríais informar de esto al resto de trabajadores para que esta vez si se vote, por favor?
    http://cincodias.com/cincodias/2014/12/19/economia/1418985331_085300.html?id_externo_rsoc=Fb-

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    Respuestas
    1. Uno del comité de Bizkaia22 dic 2014, 8:51:00

      El centro de Bizkaia siempre ha votado en asamblea antes de firmar un convenio.
      El convenio en esta ocasión ha sido ratificado por Madrid, San Sebastián y Vitoria.
      No comprendo tu petición de votación.

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    2. Supongo que si la empresa está obligada a cumplir con lo pactado, los trabajadores también. Nos guste o no.

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