IRPF Y PRESTACIÓN POR MATERNIDAD
 
     Como  sabéis, recientemente una sentencia del Tribunal Superior de Justicia  de Madrid ha declarado que la prestación por maternidad que abona la  Seguridad Social está exenta del IRPF ,  contradiciendo de esta manera el criterio de la Agencia Tributaria,  según el cual dichas prestaciones se consideran rendimientos de trabajo.     Aunque  el efecto de esta sentencia se limita al caso concreto del litigio y,  por tanto, no genera jurisprudencia ni obliga a la Agencia Tributaria a  modificar su criterio, (con lo que  muy posiblemente siga negando la exención), parece claro que con ella  aumentarían las probabilidades de éxito de todas aquellas reclamaciones  de devolución que se hicieran a partir de ahora por este motivo. Por  otra parte, aunque la sentencia hace una interpretación  de la normativa estatal del IRPF, a nivel de las Haciendas Forales de  Gipuzkoa, Bizkaia y Araba la redacción es igual a la estatal en este  punto, por lo que el precedente judicial sería válido.     Es...
 
 
 
 
 
 
